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SECTOR AÉREO

Dar alas a los cielos abiertos

Volar dentro de Bolivia cuesta casi el doble que un tramo equivalente en Estados Unidos. La causa no es la geografía, sino un entramado legal que prohíbe el cabotaje y blinda a las aerolíneas nacionales de la competencia.

5 min de lectura
Dar alas a los cielos abiertos
«La mayoría de los argumentos contra el libre mercado se basan en la falta de confianza en la libertad misma»Milton Friedman, Capitalism and Freedom (2002)

¿Cuánto cuesta viajar en avión? La respuesta varía dependiendo del lugar de origen y el destino. Por ejemplo, un viaje de Santa Cruz de la Sierra a La Paz cubre una distancia de 553 kilómetros y demora poco más de una hora, con un precio de Bs. 430.

En cambio, si uno buscara hacer un vuelo entre Los Ángeles y San Francisco, con una distancia y duración similar, el vuelo le costaría menos de Bs. 290. Por un precio similar, un ciudadano europeo podría viajar entre Berlín y Marsella, con un recorrido el doble de largo entre Santa Cruz y La Paz.

¿Cómo puede explicarse que un vuelo nacional en Bolivia sea casi el doble de caro que uno nacional en Estados Unidos o que cueste más que un vuelo internacional entre países europeos? La respuesta se encuentra en la competencia que puede ser promovida en el mercado aéreo boliviano si adoptáramos una política de cielos abiertos.

¿Qué son los cielos abiertos?

La idea detrás de la política de cielos abiertos es simple. Consiste en levantar toda restricción que impida la operación de aerolíneas extranjeras para que estas puedan transportar pasajeros en rutas nacionales.

Actualmente, según la División General de Aeronáutica Civil, trece aerolíneas extranjeras operan en Bolivia, las cuales podrían ser potenciales proveedoras de servicios.

Restricciones jurídicas a la competencia

Bolivia cuenta con una serie de normativas que impiden el cabotaje, es decir, el uso de aerolíneas internacionales para vuelos nacionales. Esta práctica queda prohibida por normativas como la Ley 2902 del 2004:

  1. Artículo 90: Establece que la “explotación de los servicios de transporte aéreo está reservada a personas naturales o jurídicas de nacionalidad boliviana con domicilio en la República”.
  2. Artículo 91: Establece que las empresas que se dediquen a la explotación de servicios de transporte aéreo interno o internacional” deben cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos: I) “Estar constituidas legalmente, tener domicilio permanente y oficina principal en territorio boliviano” II) “Realizar inversiones significativas en el mismo territorio y contratar como personal de planta al menos el 85% a profesionales y trabajadores bolivianos”.
  3. Artículo 109: Se ratifica la primacía de las aerolíneas nacionales, de modo que “los tráficos regionales sean primordialmente atendidos por transportadores bolivianos”.
  4. Artículo 121: Las autoridades bolivianas están facultadas para evitar “prácticas abusivas por parte de los explotadores”, así como “aprobar y publicar precios y tarifas aplicables a los Servicios Aeronáuticos y Aeroportuarios” o “Notificar a los explotadores que se encuentran realizando prácticas abusivas o anticompetitivas”.

Las anteriores restricciones a la potencial oferta de operadores internacionales para vuelos nacionales se ven reforzadas por el artículo 129.015 de la Reglamentación Aeronáutica Boliviana RAB 129 de 2022. En dicha normativa se establece que: “Toda aeronave proveniente del exterior con destino final o en tránsito, debe efectuar su primer aterrizaje o su último despegue en un aeropuerto internacional”, lo que proscribe la posibilidad de cabotaje por aerolíneas extranjeras.

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El transporte aéreo de pasajeros en Bolivia

Según la División de Aeronáutica Civil (DGAC) se observa que las rutas con mayor demanda son aquellas que recorren las ciudades del eje troncal, es decir, La Paz, Cochabamba y Santa Cruz. En el año 2011, el flujo de pasajeros que se transportaba en la ruta troncal era del 65%, para el año 2024 la situación no era muy diferente, ya que el flujo de pasajeros en el área troncal fue del 69%. Se observa también (ver tabla) que Santa Cruz es el principal aeropuerto de salida y llegada del país.

La ruta principal, que incluye las ciudades de Sucre, Tarija, Cobija, Trinidad, Oruro y Potosí, es la segunda más importante en tráfico aéreo de pasajeros. Este flujo representa aproximadamente el 26% del total.

La ruta secundaria representa cerca del 5% del tráfico aéreo de pasajeros nacionales y está conformada por el resto de los aeropuertos del país.

Según la ATT, 13 aerolíneas cuentan extranjeras que cuentan con Resoluciones Administrativas (RA) que les otorgan el derecho a prestar servicios para el transporte internacional y actualmente se encuentran operando en rutas internacionales desde y hacia Bolivia

Muchas de estas empresas extranjeras recorren las rutas del eje troncal pero no pueden transportar pasajeros. Por ejemplo, Avianca viaja desde La Paz hacia Colombia con escala en Santa Cruz, lo cual evidenciaría que hace el recorrido La Paz - Santa Cruz.

La empresa Aerolíneas Argentinas realiza viajes desde Cochabamba hacia Buenos Aíres con escala en Santa Cruz, lo que evidenciaría que también cubre la ruta Cochabamba - Santa Cruz. Todos estos ejemplos, y muchos otros más, evidencian la existencia de varias empresas que recorren los tramos internos en Bolivia, pero no pueden transportar pasajeros debido a las restricciones legales previamente mencionadas. No existen datos disponibles de cuantos pasajeros movilizados en vuelos internacionales cubren, en el viaje, rutas nacionales, sin embargo, con datos de 2023, se sabe que los pasajeros movilizados en vuelos internacionales por aerolíneas internacionales representan aproximadamente el 17% de los pasajeros que viajan en rutas nacionales.

En definitiva, adoptar una política de cielos abiertos supondría un aumento significativo de la oferta por parte de aerolíneas internacionales que ya operan en el país, pero que no tienen la posibilidad de prestar servicio de cabotaje, dada la normativa vigente.

Una reforma de cielos abiertos supondría la derogación de las disposiciones específicas que limitan la libre iniciativa privada en el mercado aeronáutico, atrayendo mayores inversiones, nuevas aerolíneas y una competencia más agresiva que se traduciría, a su vez, en menores precios y un mejor servicio para los usuarios.

Con voluntad y los obstáculos legales claramente identificados, se puede dar alas a los cielos abiertos en Bolivia.

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Retrato de Oscar Mario Tomianovic
Oscar Mario Tomianovic Economista e investigador

Investigación y análisis independiente sobre economía y políticas públicas en Bolivia.

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