Las Pensiones en Bolivia: Un repaso histórico
Repaso histórico del sistema
Resumen Ejecutivo
Bolivia ha usado los tres sistemas de pensiones que existen —reparto, capitalización individual y capitalización pública— en menos de sesenta años, y el documento recorre esa historia para evaluar el vigente. El reparto nació con el Código de Seguridad Social de 1956: jubilación a los 55 años los hombres y 50 las mujeres con 180 cotizaciones, renta equivalente al 70% del salario de referencia, y aportes de 6% a 17% del trabajador, 5,5% a 6,5% del empleador y hasta 1,5% del Estado. Sus problemas son estructurales: insostenibilidad fiscal al envejecer la población, retorno limitado al crecimiento económico y demográfico, y discriminación contra los pobres, que empiezan a trabajar antes y viven menos —cotizan más tiempo y cobran menos. La Ley 1732 de 1996 lo reemplazó por capitalización individual con AFPs y un aporte del 12,5%. La Ley 065 de 2010 mantiene el esquema de cuentas individuales pero transfiere su administración a la Gestora Pública, con aportes de 12,71% laboral y 4,71% patronal, y agrega un pilar semicontributivo financiado por un Fondo Solidario. Las objeciones del documento son cuatro. Insolvencia: el artículo 142 exime a los valores del TGN y del BCB de los límites de inversión, de modo que el Estado puede colocar deuda sin restricción en los fondos —y en 2010 el 56,7% de la cartera de las AFPs ya estaba en bonos del TGN. Discrecionalidad: el Estado no maximiza rendimiento, persigue empleo, obra pública y otros fines, y es juez y parte. Demagogia: la edad de jubilación bajó de 60 a 58 años, y para las mujeres un año por hijo hasta los 55. Y administración: el presidente de la Gestora y los cuatro directores, igual que el fiscalizador de la APS, los designa el Presidente sin concurso de méritos.