“Estructura y Organización Económica del Estado” en la Propuesta de Constitución del Gobierno. Parte 1
Propuesta de CPE (organización económica)
Resumen Ejecutivo
La propuesta oficialista de Constitución habilita en su artículo 310 que el Estado conforme empresas estatales para ejercer el control estratégico de las cadenas productivas, y en el 316 le asigna la producción directa de bienes y servicios. El documento contrasta esa apuesta con el registro boliviano: entre 1992 y 1995 las cinco empresas capitalizadas acumularon déficit año tras año —USD 78,3 millones en 1992 y USD 99,8 millones en 1993—, y las que arrojaban superávit servían para financiar proyectos políticamente rentables y económicamente cuestionables. No es un problema local: Alemania financió durante años el monopolio estatal de telecomunicaciones que apostó al protocolo OSI y perdió frente al TCP/IP privado, y Francia gastó miles de millones de francos en el Concorde y en una industria nacional de computadoras. Hay además una asimetría en el texto: el artículo 315 prohíbe el monopolio y el oligopolio privados, pero el 316 faculta al Estado a determinar monopolios estatales por necesidad pública. Se reconoce que el monopolio asigna mal y se lo autoriza cuando el dueño es el Estado. Lo mismo ocurre con la igualdad jurídica del artículo 312, que choca con el 318 —apoyo a exportaciones con valor agregado— y el 320 —promoción del consumo de lo hecho en Bolivia—: ambos habilitan privilegios sectoriales, como el subsidio al gas del Mutún o el compro boliviano. En política monetaria el riesgo es mayor. El artículo 326 pone en manos del Ejecutivo la determinación de los objetivos monetarios y cambiarios, rompiendo la independencia del BCB justo cuando la evidencia muestra que a mayor independencia menor inflación; y los artículos 328 y 330 podrían quitarle su función de prestamista de última instancia, algo que Morales sostiene debía hacerse por ley y no por regla constitucional.